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Criterios técnicos y políticos para determinar la situación de discapacidad desde el Modelo Bio-Psico-Social, el perfil epidemiológico y su relación con el sistema sanitario.

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Resumen

El proyecto tiene como cometido trabajar en Salud Mental desde la perspectiva de Derechos en el marco de la nueva Ley 19529 aprobada en 2017. Para ello se plantean 4 líneas de trabajo:

  1. Con el equipo técnico de la policlínica.
  2. Con la comunidad a través de comisiones de vecinos y la sociedad civil organizada.
  3. A nivel grupal con usuarios/as y/o familiares de usuarios/as de Salud Mental.
  4. A nivel individual para valorar situaciones de discapacidad y necesidades de apoyo.

 

Introducción

En el marco de la ley 19.529 de Salud Mental aprobada en 2017, se hace imprescindible el cambio en el modelo de atención a la Salud Mental.

Atendiendo las recomendaciones de la OMS en cuanto a la formación de recursos humanos en el nuevo paradigma de atención y el empoderamiento de las familias y usuarios de salud mental en la perspectiva de derechos y atención, es que la ley 19.529 refiere entre otros, como principios rectores, el reconocimiento a la persona de forma integral; como marco de referencia la dignidad humana y los principios de derechos humanos; la equidad, continuidad y oportunidad de las prestaciones; la calidad integral del procesos asistencial; considerar que el estado de la persona con trastorno mental es modificable; la vinculación de la salud mental al efectivo ejercicio de los derechos como el trabajo, la vivienda, la educación, la cultura.

Por otro lado, si bien no todas las personas que presentan diagnósticos de Salud Mental se encuentran en situación de discapacidad, realizar la valoración de la misma en aquellos casos que sea pertinente, contribuye a identificar adecuadamente las limitaciones, los recursos personales, familiares y de contexto para una derivación, orientación y seguimiento oportunos.

El Plan Nacional de Salud Mental 2020 – 2027, plantea que actualmente en Uruguay coexisten tres modelos de atención en Salud Mental: el modelo asilar, el hospitalocéntrico y el comunitario. La ley enfatiza el trabajo en este último, planteando que de ser necesaria, la coordinación se debe realizar desde allí hacia los niveles de mayor complejidad. Propone además que la atención se realice en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, orientado a la promoción, reforzamiento y restitución de los lazos sociales. En ese sentido, y teniendo en cuenta que la nueva ley plantea el cierre de todas las instituciones monovalentes, el enfoque comunitario que se plantea en el presente convenio a través del trabajo con la policlínica, implica trabajar en dirección a lo que se plantea en el cambio de paradigma.

 

Objetivos

Objetivo General:

Desarrollar una estrategia de abordaje en Salud Mental para el Municipio F a partir de la Policlínica Flor de Maroñas y el Centro Cultural Crece Flor de Maroñas.

Objetivos específicos:

1- Promover la perspectiva de Derechos e Inclusión en el equipo de Salud de la Policlínica Flor de Maroñas desde el enfoque de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud de la OMS (CIF-OMS, 2001) y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD - ONU, 2006) en el marco de la Ley de Salud Mental No. 19.529.

2- Desarrollar una estrategia de trabajo territorial para la promoción y abordaje comunitario en temas de Salud Mental con anclaje en el Centro Cultural Crece.

3- Ofrecer espacios grupales de atención para usuarios y familiares de usuarios de salud mental en el Municipio F.

4- Ofrecer un espacio de consulta en Policlínica con el objetivo de valoración de discapacidad y determinación de necesidades de Apoyo de usuarios.

 

Financiación

Intendencia de Montevideo

 

Investigadores

Responsable: Prof. Dra. María José Bagnato

Equipo: As. Andrea Gonella, As. Julia Córdoba, As. Rossina Machiñena y Ay. Eugenia Barbosa.